El 15 de mayo del año 2019, el Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza emitió la sentencia donde concluye que el Estado de Bolivia violó los derechos de la Madre Tierra y de los pueblos indígenas del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro-Secure (TIPNIS) según lo establecido en su propio marco jurídico nacional y la normativa internacional relacionada.
El caso fue presentado por representantes de la subcentral del TIPNIS y la organización de mujeres del TIPNIS ante el Tribunal en noviembre de 2017 quienes denunciaron que el impulso del gobierno boliviano en la construcción de una carretera que atraviesa la reserva natural habría violado leyes para la protección de la naturaleza y de los pueblos originarios.
El informe de la Comisión Internacional de Observadores que visitó Bolivia entre el 15 y el 23 de Agosto del 2018 presentó evidencias suficientes en sentido de que la mencionada carretera ampliará la deforestación ya presente en el polígono 7, y llevará a la expansión de la producción de hoja de coca, a la afectación de la biodiversidad y a la perdida irreparable de diferentes seres de la naturaleza.
Así mismo el informe de la Comisión presenta evidencias de que no se realizó una consulta previa para el consentimiento libre, informado y de buena fe a los pueblos indígenas del TIPNIS y que los procesos de colonización en el polígono 7 tienen ya impactos negativos en la vida de estos pueblos.
Territorios indígenas bajo acecho
El territorio del TIPNIS es hogar de los pueblos indígenas Mojeño Trinitarios, Yuracares y Tsimanes quienes encontraron refugio durante la “fiebre del caucho” a fines del siglo XVIII y principios del siglo IXX.
La región fue declarada Parque Nacional en 1965, y en 1990, después de la Primera marcha por el territorio y la dignidad indígena, asumió la doble categoría de Parque Nacional y Territorio Indígena.
Para el año 2008 el gobierno de Evo Morales contrató a la empresa OAS de Brasil para la construcción de una carretera que dividiría el área protegida del TIPNIS, sin nunca llevar a cabo un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental integral de los tres tramos en los que se fragmentó esta carretera.
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El Tribunal también identificó que el Gobierno, a través de diferentes disposiciones, “ha venido estableciendo bloques de exploración y explotación petrolera, que comprometen aproximadamente al 35% del territorio indígena”.
A su vez, el organismo internacional evidenció que el gobierno de Bolivia ejecutó entre 2017 y 2018 la construcción de tres puentes (Isiboro, Ibuelo y Sazama) dentro del TIPNIS, pese al rechazo de los indígenas que se oponen a la construcción de la vía.
En consecuencia, el Tribunal dispuso 12 medidas de cumplimiento inmediato, entre las que figuran: paralizar cualquier construcción vial al interior del territorio indígena, aprobar una ley de protección de la reserva y adoptar medidas efectivas para detener el avance de la colonización hacia el núcleo del TIPNIS. También dispuso que se anulen los planes de expansión petrolera en ese territorio.
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El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza fue creado en el 2013 y sus sentencias se basan principalmente en la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra que fue adoptada durante la I Conferencia Mundial de los Pueblos sobre Cambio Climático y por los Derechos de la Madre Tierra realizada en abril del 2010 en Tiquipaya, Cochabamba, Bolivia.
La sentencia de mayo del 2019 fue firmada por personas que también participaron de la Cumbre de Tiquipaya, Cochabamba hace nueve años, cuando Evo Morales impulsó la creación de un Tribunal Internacional para la Defensa de los Derechos de la Naturaleza.
Piden sanciones por represión en 2011
El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza también solicitó al Estado de Bolivia a “identificar y sancionar” a los responsables de la represión a la marcha del TIPNIS, caravana que en 2011 se movilizó en contra de la construcción de la carretera por esa reserva.
“El gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia debe identificar y sancionar a los responsables de las violaciones de los Derechos Humanos en 2011, en Chaparina”, se lee en el punto seis de las medidas de “cumplimiento inmediato” que dispuso el Tribunal Internacional.
El 15 de agosto de 2011, alrededor de 1.000 indígenas de tierras bajas partieron hacia La Paz, desde la ciudad de Trinidad, en defensa del TIPNIS. El 25 de septiembre de ese año, la movilización fue intervenida por la Policía en Chaparina.
Un “informe confidencial” que realizó el general Edwin Foronda, exinspector general de la Policía, indica que el ministro de Gobierno de entonces, Sacha Llorenti (actual embajador de Bolivia ante la ONU), ordenó intervenir la caravana. La orden se habría dado “para resguardar la vida del entonces canciller David Choquehuanca”, quien aquella vez se reunió y luego fue retenido por mujeres indígenas que pedían garantías para continuar con su marcha.
Después de los hechos, el Ministerio Público inició las pesquisas para dar con los responsables de la intervención. Sin embargo, ocho años después el caso está paralizado.
En octubre de 2011, la Octava Marcha Indígena, después de sufrir la represión de fuerzas policiales en la localidad de Chaparina, logró la promulgación de la Ley 180 de protección del TIPNIS que en su artículo tres prohibía expresamente que la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos o cualquier otra a travesará por el TIPNIS.