Pueblos del norte de Chiapas exigen respeto a su libre autodeterminación


Pese a la existencia de leyes mexicanas y tratados internacionales que enuncian el derecho a la libre determinación de los pueblos originarios, la omisión en la normatividad del estado de Chiapas - como en todas las entidades que conforman México- obstaculiza el reconocimiento pleno de las comunidades para regirse por sus sistemas normativos internos, los cuales el Estado coloca en duda a través de la realización de peritajes antropológicos y consultas improvisadas.

En México se despliegan diversos caminos en la construcción de autogobiernos, principalmente entre comunidades indígenas en estados como Oaxaca, Guerrero y Michoacán, donde desde comunidades, ejidos y hasta municipios enteros han desterrado el sistema político partidista para tomar en sus manos la gestión de sus territorios.

“Nos hacían creer que aplicaban la democracia porque elegíamos a un partido. Nunca llegábamos a ver la realidad de la situación que era imposición”, reflexiona la joven tseltal Pascuala Vázquez con una sonrisa discreta. Mientras, a unos metros frente a ella, decenas de músicos de todas las edades alistan el recital para romper con la pausa tras la comida de cientos de asistentes al Foro por la Libre Determinación y en Defensa del Territorio realizado en agosto del año 2018 en el ejido de San Sebastián Bachajón, municipio de Chilón, región norte de Chiapas.

Pascuala, tal como muchos presentes, fue sembrada en el cargo que ostenta mediante un rito ancestral precedido por autoridades religiosas y comunitarias tseltales. Tras un día completo de ayuno y reflexión, ella aceptó desempeñarse como Concejala del Gobierno Comunitario del municipio de Chilón, dentro de un sistema de cargos comunitarios de su propio modo de ser tseltal, paralelo a la administración oficial del ayuntamiento partidista.

Dicha labor organizativa encuentra ecos de solidaridad en la demanda al respeto de sus formas de autogobierno ante el Estado mexicano, bajo el cobijo del Movimiento en Defensa de la Vida y el Territorio (Modevite), responsable por convocar a comunidades de los municipios chiapanecos de Salto de Agua, Palenque, Yajalón, Sitalá, Chilón, Altamirano, Ocosingo, Oxchuc, Tenejapa, Cancúc, Huixtán, Chicomuselo y el Ejido Candelaria de San Cristóbal de las Casas, para compartir experiencias políticas, legales y organizativas.

No sólo buscamos nuevos gobernantes, sino una manera distinta de gobernar, es la frase que se lee en múltiples pancartas que desfilan entre la multitud que se dio cita en Bachajón. Es también una idea viva, que se materializa en la existencia de un sistema normativo interno a través de cargos comunitarios dedicados a atender todas las esferas de la vida de las comunidades, ahí donde el Estado se mantiene al margen.

“Hay un Estado pluricultural basado en los pueblos indígenas, los pueblos tienen otra forma de gobernarse, otra forma de hacer política. El estado tiene miedo de este tipo de democracia”, refiere Ivette Galván, abogada que acompaña las batallas legales para el reconocimiento legal de las autoridades electas mediante asambleas de los municipios tseltales de Chilón y Sitalá. “Para mi el gobierno comunitario es una manera diferente de elegir las autoridades, la forma mas correcta porque las autoridades elegidas en asamblea si hace bien su trabajo y, si no, la asamblea misma lo quita de su cargo y pone a otro. Es una forma de organizarse a comparación de un presidente municipal que no le puedes decir nada. Esto es diferente”, sentencia Sebastián Aguilar, abogado tseltal quien también participa en el litigio por la libre determinación de los municipios al norte de Chiapas.

Por su parte Sebastián Hurtado, vocero del Gobierno Comunitario del municipio de Sitalá, uno de los más pobres en la región tseltal al norte de Chiapas, apunta al origen de su organización. “El divisionismo es la fuerza del mal gobierno, del empresario, del sistema capitalista. Lo que nos está dividiendo son los partidos políticos. Es ahí la raíz de la construcción del gobierno comunitario, porque ya no hay paz ni armonía en las comunidades por causa de los partidos políticos”.

“Reconocido o no por el Estado, la gente ejerce un modo propio de gobierno. El dar este paso del reconocimiento del municipio no es mas que trabajar con lo que ya existe, no estamos inventando una cosa sino estamos tratando de usar el derecho para fortalecer una lucha, una organización que viene de muchos años atrás”, complementa Aguilar, en un recuento cronológico de la controversia legal.

Pese a que el artículo 2 de la constitución mexicana, apartado A, fracción tercera, establece que los pueblos tienen en sus manos la facultad de ejercer un modo propio de gobierno acorde a sus costumbres, en el ámbito nacional el sistema electoral partidista se impone incluso mediante violencia como la única forma de participación política en un país que aglutina decenas de pueblos originarios, cada uno con su propia lengua, cultura y métodos para resolver conflictos en sus territorios.

En un contexto más amplio, la demanda de los municipios indígenas de Chilón y Sitalá no son un proceso actual, sino resultado de un recorrido de varias décadas en una lucha que empezó por la recuperación de la tierra y territorios despojados a sus comunidades.

La reivindicación por la libre determinación de los pueblos indígenas palpita a nivel nacional precedido por el levantamiento zapatista en Chiapas el año de 1994. Después del cese al fuego, y pese a la discusión e incumplimiento de los Acuerdos de San Andrés firmados en 1996 (donde se exigía la modificación de la Constitución mexicana en materia de derechos indígenas), las comunidades zapatistas actualmente ejercen su autonomía sin pedir permiso.

A su propia manera, también existen ejercicios locales basados en los usos y costumbres mediante asambleas comunitarias de 418 municipios en Oaxaca, los cuales se rigen bajo el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales, reformado en el año de 1995. Y en años recientes, las luchas de las comunidades indígenas integrantes del Consejo Supremo Indígena de Michoacán y el municipio de Cherán en el mismo estado; el municipio me phaa, na savi, nahua y mestizo de Ayutla de los Libres en Guerrero; San Sebastián Teponahuaxtlán y Tuxpan de Bolaños en Jalisco; además de Oxchuc y Tila en Chiapas, demuestran la diversidad de los pueblos con la misma reivindicación.

“Aún si la constitución no tipificara la libre determinación, nosotros podríamos acceder a los derechos consagrados en la normatividad internacional”,

REFIERE LA ABOGADA IVETTE GALVÁN SOBRE EL RANGO CONSTITUCIONAL QUE ADQUIRIERON EN 2001 LOS TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS FIRMADOS POR MÉXICO.

Algunos de los convenios referidos en el marco legal internacional son la implementación a modo que realizan los estados-nación del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); la declaración universal de los pueblos indígenas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Todos, documentos en los cuales se reivindica la libre determinación de los pueblos como derecho fundamental de las comunidades originarias.

El problema es la omisión legislativa en los códigos secundarios y leyes locales en los estados que integran a México. “No existe. Los estados no tienen una ruta de acción para que los pueblos puedan caminar hacia un cambio de régimen. La obligación del Congreso es tener la normatividad específica que reglamente cómo nos vamos a proteger y cómo los vamos hacer efectivos, y no lo están haciendo ni el gobernador, ni el congreso. Eso nos deja en un estado de vulnerabilidad porque tienes el derecho pero no un marco de acción, es letra muerta”, enfatiza la abogada Galván.

“Reconocer el papel que tuvieron sus ancestros en el cuidado de su territorio es algo más grande que únicamente un cambio de régimen, que reconoce el papel de la tierra como un sujeto y no una mercancía y que también provoca un sistema político que vea todo como un todo, para que el Estado vea a la par esa organización política y no la segregue, sino reconozca la importancia que tiene”, sentencia Ivette.

“En 2015 nos nombramos en un solo corazón”, contextualiza María Jiménez sobre la participación política de las comunidades que a partir de ese año decidieron transitar del sistema partidista hacia la elección de autoridades por usos y costumbres.

“Del gobierno comunitario que estamos organizando ya hay mucho cargo; hay juez tseltal y también tenemos cuidadores de la madre tierra”, enuncia María un par de cargos comunitarios que pese a desempeñarse durante décadas en un proceso autogestivo, fue hasta 2015 cuando se decidió expulsar a los partidos políticos y sus formas de gobierno para fortalecer el trabajo del sistema de cargos.

“Estoy aprendiendo como ayudar a resolver los problemas de mi comunidad, por eso estoy aquí”, comparte Leticia Cruz, también Concejala del Gobierno Comunitario por el municipio de Sitalá, quien destaca cómo en múltiples comunidades son las mujeres quienes están organizadas “porque las mujeres quieren saber sus derechos”.

“Están activas las mujeres, participan, hablan, dan su opinión y proponen también”, remarca Pascuala sobre las comunidades participantes, entre las cuales el Gobierno Comunitario planea consultarles para la elaboración de un plan de vida, documento legal donde recogerá las necesidades básicas del municipio para concretar un proyecto de autogobierno; de cómo organizar la vida comunitaria, los bienes comunes, el cuidado de la tierra.

“El gobierno comunitario quiere que exista paz, armonía, mejor vida para las comunidades. Estos cargos son importantes para conformar el Gobierno Comunitario ya que todos estos cargos están capacitados en cada una de sus áreas. Ellos ya saben como se maneja, cómo están trabajando y conocen bien sus comunidades y las necesidades que hay en cada una. Están trabajando ya como lo está planeando el gobierno comunitario, sólo falta que sea reconocido por la ley, por la autoridad o el estado”, refiere el abogado tseltal Aguilar, quien además comparte algunos de las maneras para resolución de conflictos dentro de las comunidades.

Cuando existen ejidos, quienes atienden casos en materia agraria de las comunidades reciben el nombre de principales. A su vez, existen cargos religiosos de la misión jesuita de Bachajón que son desempeñados por reconciliadores tseltales, especializados en todas las materias. “La gente no acude al Ministerio Público porque sabe que ahí no van a resolver los problemas de manera efectiva y real. Acude a su cargo comunitario, a su juez o reconciliador tseltal y pone en sus manos la resolución del conflicto porque sabe que será acorde a su cosmovisión”, complementa Ivette.

También ya fueron sembrados los cuidadores de la madre tierra, quienes reciben la formación para replicarla en sus comunidades. El objetivo es concientizar a la gente de cómo se debe trabajar y cultivar la tierra sin contaminarla. Los promotores de salud es otro cargo religioso de la misión para impartir formaciones en el conocimiento de las plantas medicinales y sus usos. A su vez, existen proyectos conformados por mujeres quienes “se están formando en temas de derechos de las mujeres porque en las comunidades tseltales no se les toma en cuenta”, describe Aguilar sobre la situación que buscan modificar para motivar una participación integral dentro de las comunidades.

En otros cargos incluso se planea la vinculación sobre conflictos agrarios mediante el intercambio de experiencias entre autoridades ejidales en todo México, reconocidas en la Ley Agraria. “Queremos vincularnos con las autoridades ejidales para no trabajar dentro de la esfera de la misión sino salir, buscar vinculación con otras autoridades para tener un mejor trabajo en defensa de la tierra y el territorio”, comparte el abogado Sebastián.

Otro ejemplo del trabajo del Gobierno Comunitario es la figura de los agentes municipales o agentes auxiliares rurales quienes son reconocidas por la ley orgánica municipal. “Su función es cuidar a sus comunidades de que no exista conflictos y ellos si ponen sanciones, multas. Aunque sean nombrados por el ayuntamiento, estas autoridades son elegidas mediante asambleas. Eso es de los puntos mas importantes que hay que señalar porque la asamblea nombra a su agente, a su autoridad y no el gobierno municipal”, destaca Sebastián para evidenciar el trabajo implementado por el sistema de cargos en el Gobierno Comunitario, labor realizada por las comunidades sin participación del Estado.

Oxchúc: violencia y desafíos

“El día de hoy damos felicitaciones a los compañeros de Chilón, de Sitalá y otros municipios que están empezando a desconocer a los partidos políticos”, compartieron los integrantes de la Comisión Permanente por la Paz y Justicia Indígena de Oxchúc durante el foro realizado en Bachajón.

Dicho movimiento social consiguió el desafuero y destitución de la alcaldesa María Gloria Sánchez Gómez y su cabildo completo después de un ataque armado en el cual existen indicios de la participación de Sánchez Gómez. “Es difícil, hubieron momentos que nos llevaron a la cárcel; hasta el 23 de enero de este 2018 murieron tres compañeros”, denunció la Comisión del municipio tseltal sobre las agresiones de los simpatizantes de la ex alcaldesa, quien en un contexto de conflicto post electoral y cobijada por el Partido Verde Ecologista de México, pretendía mantenerse en el poder pese al descontento popular.

Tras la remoción de la edil de su cargo para dar paso a investigaciones judiciales, se instaló en Oxchuc un Consejo Municipal integrado por tres mujeres y tres hombres para conformar el gobierno sustituto.

“Lo que ha hecho falta no se ha reglamentado. Lo que ha hecho falta no se ha respetado, precisamente la libre determinación, esa es nuestra lucha común”, refirió la Comisión de Oxchúc durante los mismos días en que antropólogos del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) realizaron entrevistas y grupos de trabajo para visitar asambleas y comunidades en el municipio tseltal. Para el 26 de septiembre del año 2018, el IEPC declaró, con base en los estudios del INAH, procedente la implementación de una consulta para cuestionar si se mantiene el sistema de partidos políticos o se respetan los usos y costumbres del Gobierno Comunitario tseltal.

 El proceso jurídico para demandar el respeto a la libre determinación de los municipios de Chilón y Sitalá comenzó el 17 de noviembre de 2017, mediante la presentación de una solicitud elaborada por las comunidades ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Chiapas (IEPC).

“No es mas que dar cuenta de la existencia de un sistema normativo interno, la existencia de cargos comunitarios y del hartazgo del sistema de partidos políticos. En la solicitud lo que pedimos son dos cosas: Que el sistema de partidos termine y se realicen elecciones a través de usos y costumbres; y que también el ejercicio del gobierno municipal se ejerza acorde al modo propio tseltal”, comparte la abogada Ivette.

No fue sino hasta el 29 de junio de 2018, cuando la respuesta a la solicitud se hizo pública mediante acuerdo general del IEPC, en el cual se construyó una ruta de acción para ejercer el derecho a la libre determinación. Sin embargo, en dicha vía el Estado mexicano ha exigido la realización de peritajes antropológicos para analizar “la existencia histórica de sistemas normativos internos” y con ello “reconocer” o no, los usos y costumbres de los pueblos originarios.

“Cosa que es falsa, porque no existe en México, ni en Chiapas, ningún código que establezca que para cumplir con el cambio de régimen hay que realizar un estudio cultural y posteriormente una consulta”, refiere Ivette sobre los planes del Estado para improvisar e imponer obstáculos a la demanda de las comunidades tseltales.

“El día 3 de octubre presentamos dos juicios, uno contra el acuerdo general del 29 de junio de 2018 y otro contra las actividades del IEPC, pues dichas acciones en ningún momento fueron consultadas con las comunidades. Por lo tanto carecen de cualquier validez, además que las comunidades han llegado al consenso de que el estudio cultural es inconvencional y no se debe realizar”, detalla Ivette sobre la actualidad del proceso encauzado.

“Estamos en el mismo punto en el que se encuentra Oxchuc (municipio tseltal enclavado en los Altos de Chiapas) . Su caso fue el primero que estudió el IEPC, y se planteaba como un peritaje antropológico. Ellos quieren identificar si está o no vigente los usos y costumbres de la comunidad y cuáles son. Varios analistas están en contra porque eso no es algo que esté escrito. El sistema normativo interno, los usos y costumbres, el derecho consuetudinario es un derecho tradicionalmente oral que no se podrá legitimar por ningún agente externo”, contextualiza Ivette.

En el caso de los municipios de Chilón y Sitalá, el equipo de abogados involucrados en el litigo han declarado que existe la posibilidad de que el Gobierno Comunitario realice una autoconsulta a través de las asambleas basadas en el modo propio de ser indígena tseltal, pues mencionan que la metodología y ejecución que se realizará en Oxchúc no puede aplicarse de igual manera para otros municipios.

“La base se está preparando con conocimiento del derecho a la consulta; cómo tiene que ser previo, libre e informado para regular también la consulta del IEPC; si es o no acorde y de qué manera vamos a defendernos de un mal uso del derecho. Una de las trabas es que no existe presupuesto suficiente porque el IEPC lo calculó en más de 10 millones de pesos, cuestión que nunca se ha dialogado con las comunidades quienes son las únicas que saben cuantos recursos se necesitan para la celebración de asambleas”, denuncia Ivette, quien además destaca el letargo de la burocracia mexicana que apunta hacia el año de 2019 para la celebración de la consulta.

En el estado de Chiapas nunca se ha realizado un proceso similar. Serían pioneros Oxchuc, Chilón y Sitalá en este tipo de acciones que ni siquiera se encuentran reglamentadas en los tratados de derechos humanos que México ha firmado en la materia, tales como el convenio 169 de la OIT.

“Si la organización necesita que la consulta se haga antes, el derecho tendrá que moverse en función a ello. Vamos a seguir escuchando lo que dice la asamblea, trabajar el consenso, si se tiene el consenso comunitario el proceso está prácticamente ganado. Si la voluntad popular es el cambio de régimen se tendría que de alguna manera luchar para que terminara la administración del presidente municipal en turno”, apunta Ivette sobre los pasos a seguir en el proceso judicial.

“Estamos luchando para quitar una ruta de acción impuesta por parte del IEPC y que se abra el paradigma para saber como se resuelven estas peticiones en el estado de Chiapas. Si logramos quitar el estudio cultural y viene otra comunidad o municipio indígena, va a ir a la consulta directamente. Comunidades que ya se están organizando para hacer un uso directo del presupuesto como el ejido de Candelaria en el municipio de San Cristóbal de las Casas”,

EJEMPLIFICA IVETTE SOBRE LOS MÚLTIPLES PROCESOS QUE SE ABRIRÍAN PARA DEMANDAR EL RESPETO A LA LIBRE DETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS, TANTO A NIVEL DE COMUNIDADES COMO EN LOS MUNICIPIOS INDÍGENAS DE CHIAPAS.

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